Los Viceintendentes forman parte de la estructura del CAM según lo establecido en la Ley 139 de Organización y funcionamiento del Consejo de la Administración municipal publicada en la Gaceta de Cuba el 5 de febrero del presente año.
Según lo dispuesto el CAM estará compuesto además por el Intendente quién lo preside así como el Secretario y otros miembros no profesionales que, a propuesta del Intendente Municipal, son designados por la Asamblea Municipal del Poder Popular. El número total de los integrantes puede ser hasta de 21 miembros, salvo en municipios que por su extensión o complejidad la Asamblea Municipal del Poder Popular apruebe llegar a 25.

¿Qué requisitos deben los Viceintendentes para ser designados?
Para ser designados los viceintendentes deben ser mayor de edad, hallarse en pleno goce de los derechos civiles y políticos, ser ciudadano cubano por nacimiento y no tener otra ciudadanía. Además residir en el municipio por el cual se designa y requiere el voto favorable de la mayoría simple de los delegados a la Asamblea Municipal .
¿Viceintendentes? Responsabilidades en el CAM
Atribuciones de los Viceintendentes del Consejo de la Administración Municipal
Artículo 61. Corresponde a los Viceintendentes:
- a) Atender, coordinar y controlar la labor de las estructuras de dirección administrativa y de otras entidades municipales;
- b) atender, coordinar y controlar programas, objetivos y tareas en correspondencia con la distribución realizada por el Consejo de la Administración Municipal;
- c) informar sobre su gestión al Consejo de la Administración Municipal cuando este lo requiera;
- d) controlar en las entidades radicadas en su territorio la atención, solución o respuesta oportuna, pertinente y fundamentada a las quejas y peticiones que les dirijan los ciudadanos, así como a los planteamientos que los electores formulan a sus delegados con relación a temas vinculados con los objetivos, programas y tareas que atiende;
- e) presentar al Consejo de la Administración Municipal, las propuestas que considere para el mejor desempeño de sus atribuciones;
- f) representar al Consejo de la Administración Municipal en los programas y tareas asignados por este; y
- g) las demás atribuciones y tareas que se le asignen por el Consejo de la Administración Municipal y el Intendente Municipal, respectivamente.
Ser Viceintendentes no resulta tarea fácil. En próximos espacios detallaremos como se estructura el Consejo de la Administración y a quién se puede dirigir en caso de que tenga una duda o un planteamiento determinado.



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