Por Cuanto: La Ley 132 de Organización y Funcionamiento de las Asambleas Municipales del Poder Popular y los Consejos Populares, en su capítulo VI, Artículo 43.1, atribuye al Presidente, la facultad de convocar las Sesiones de esta.
Por Cuanto: La Asamblea Municipal del Poder Popular debe Sesionar como mínimo en seis ocasiones en el año y en consecuencia procede librar la convocatoria para que tenga lugar la XVII Sesión Ordinaria del XVII Período de Mandato del año 2020.
Por Tanto: En uso de las facultades que me están conferidas.
CONVOCO
Para el 22 de febrero del año 2020, a las 10.30 am, en el salón del Gobierno, a los efectos de celebrar la XVII Sesión Ordinaria, correspondiente al XVII Período de Mandato.
- 1 Chequeo de acuerdos.
- 2 Informe de la Comisión Permanente para la atención al Programa Agroalimentario sobre la producción de alimento en el territorio.
- 3 Análisis del cumplimiento del Plan y el Presupuesto del año 2019
- Dictamen de la Comisión Económica.
- 4 Informe de la Comisión para atender los programas de la Salud, Educación y otras ciencias sobre la situación de la Atención Primaria de Salud en el territorio.
- 5 Rendición de cuenta de la Comisión de los Servicios del cumplimiento de sus funciones.
MSc Roberto Cabrera Sao
Presidente Asamblea Municipal
